Por fin los tribunales internacionales europeos dan un paso más allá en la protección del bienestar animal, frente a la crueldad de los ritos religiosos musulmanes y judíos, tras el último pronunciamiento del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos sobre el tema.
Como los lectores sabrán, el animalismo es algo puramente europeo, una concepción de la naturaleza que no existe en otras civilizaciones. Una muestra de esta diferencia más o menos cotidiana en nuestros países es la comida certificada según los ritos “halal” (islámico) o kosher (hebreo). Estos ritos conllevan una forma de sacrificio animal mediante el desangramiento lento y doloroso, sin anestesia ni aturdimiento previo. Además, la carne de animal sacrificado con estos ritos ha subido en demanda en los últimos años. Mientras los “verdes” despistados miran de espaldas a la realidad explicando esto con la teoría de que el consumidor piensa que la carne halal o kosher sabe mejor, la realidad es que la invasión inmigratoria y el cambio demográfico que esto supone se ve reflejado una vez más en cosas como esta.
La normativa europea CE 1099/2009 sobre sacrificio animal obliga a que se mate a los animales con aturdimiento previo, para evitar sufrimientos innecesarios, pero se permiten excepciones con los judíos y musulmanes siempre que sea en mataderos autorizados. Algo que llama la atención, en cuanto a la coherencia del propósito de la normativa, pero es comprensible dado el trato de favor del que han gozado estos grupos étnicos en Europa durante demasiadas décadas, siendo incapaces nuestros políticos de poner límites a la voluntad de judíos y musulmanes en nuestro territorio (más bien lo contrario), como se puede comprobar en el cambio de alimentación en colegios públicos, retirada de símbolos religiosos en festividades religiosas, cambio en el modo de celebración de tradiciones como moros y cristianos etc.

En la prensa se habla de esta noticia refiriendo la “prohibición” de estas prácticas rituales en Europa, aunque esto no es del todo cierto. La reciente sentencia del TEDH cierra un largo capítulo de conflicto en este ámbito en el estado belga, donde las minorías judías y sobre todo musulmanas, comienzan a convertirse en mayorías, chocando con la sensibilidad natural de los pueblos valones y flamencos de amor a los animales, asunto que los ha llevado a los tribunales de este país, posteriormente al Tribunal Constitucional belga y Tribunal de Justicia de la Unión Europea y finalmente el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. La legislación impulsada en 2017 y 2018 en las regiones belgas de Flandes y Valonia, prohibían el sacrificio de animales sin aturdimiento previo, cosa que naturalmente no gustó a las comunidades que practican los ritos Halal y Kosher. Así pues, el Tribunal de Estrasburgo confirma la decisión del TJUE, y da un paso más allá: el bienestar animal y la moral pública aparejada a este, son proporcionales y no violan la libertad religiosa ni constituyen discriminación alguna frente a judíos y musulmanes (y sus rituales).

En definitiva, no se prohíbe en Europa nada, si los estados no quieren, y si estos no tienen previamente legislaciones que prohíban la matanza animal sin aturdimiento previo. Es decir, Dinamarca, Finlandia, Suecia, Eslovenia y Bélgica podrán prohibir los ritos halal y kosher si su poder legislativo lo desea (que ojo, aun así, judíos y musulmanes podrán importar carne certificada según estos rituales desde fuera de la unión europea), pero no parece que vaya a ser el caso de España en un futuro cercano, y más atendiendo a la voluntad política democrática de sumisión absoluta a toda costumbre foránea entre nuestras fronteras. A efectos prácticos está por ver que la mayoría de países europeos ejecuten seriamente normativas contra estas prácticas crueles (aunque esta sentencia abre un ventanuco de esperanza en este sentido), y en todo caso, los afectados seguirán pudiendo importar carne halal/kosher de países terceros… ¿La solución real? Ni es democrática ni acorde a los DDHH, ni se puede escribir en estas líneas por legalidad.
Rafael M.
